
¿Qué es el complemento de maternidad por aportación demográfica y quiénes tienen derecho a percibirlo?
El complemento de maternidad es un suplemento económico que se añade a la cuantía inicial de la pensión contributiva de jubilación, viudedad e incapacidad permanente.
En un primer momento, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) sólo reconocía este complemento a las mujeres que hubiesen tenido dos o más hijos biológicos o adoptados, y ello con el propósito de recortar la brecha de género entre hombres y mujeres en relación al cobro de los importes de las prestaciones por razón de las distintas trayectorias laborales que hubieran podido tener respectivamente.
No obstante lo anterior, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó el pasado día 12 de diciembre de 2019 que el reconocimiento de dicho complemento exclusivamente a las mujeres constituía un trato menos favorable hacia los hombres que hubiesen tenido, al menos, dos hijos biológicos o adoptados y, por tanto, que resultaba discriminatorio para los hombres.
Por tanto, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que el referido complemento de maternidad por aportación demográfica debe reconocerse no sólo a las mujeres, sino también a los hombres.
Eso sí, siempre y cuando se cumplan los requisitos que la Ley exige para tener derecho a percibirlo.
¿Y qué requisitos se tienen que reunir para que los hombres puedan tener derecho a cobrar este complemento?
a) Tener reconocida una pensión contributiva de jubilación (salvo si es anticipada de manera voluntaria), viudedad o incapacidad permanente en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social.
b) Que dicha pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente haya sido reconocida entre el 01 de Enero de 2016 y el 03 de Febrero de 2021.
c) Haber tenido dos o más hijos biológicos o adoptados.
¿Y a cuánto asciende este complemento?
El importe económico de dicho complemento depende del número de hijos biológicos o adoptados, pues es el criterio que se tiene en cuenta para determinar el porcentaje que corresponde aplicar a la cuantía inicial de la pensión se esté percibiendo:
a) En el caso de tener 2 hijos: 5%
b) En el caso de tener 3 hijos: 10%
c) En el caso de tener 4 o más hijos: 15%
¿Y desde cuándo se tiene derecho a percibir dicho complemento?
Se tiene derecho a cobrar este complemento no sólo a partir del momento que se solicita, sino desde la fecha en la que le haya sido reconocida la pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
Es decir, se tiene derecho a cobrar también todos los atrasos desde el inicio de la pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
¿Y qué plazo hay para reclamar este complemento?
El plazo para poder reclamar este complemento termina el próximo mes de diciembre de 2024, que es cuando transcurren 5 años desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019 en la que se declaró que los hombres también tienen derecho a cobrar el mencionado complemento, y no sólo las mujeres.
Contáctenos para recibir más información y reclamar este complemento de maternidad por aportación demográfica.
